El razonamiento probatorio constituye el núcleo epistémico de toda decisión judicial, sin embargo, en México enfrentamos un desarrollo teórico y práctico considerablemente desigual en comparación con tradiciones jurídicas anglosajonas. Mientras que en Estados Unidos y el Reino Unido existe una robusta literatura sobre evidence law y epistemología judicial, en nuestro sistema la reflexión sistemática sobre cómo los jueces evalúan, ponderan y justifican sus conclusiones probatorias sigue siendo incipiente. Esta asimetría no es meramente académica: tiene consecuencias directas en la calidad de las sentencias, en la predictibilidad del sistema y en la garantía efectiva de derechos fundamentales que dependen de una correcta determinación de los hechos.
La tradición jurídica mexicana ha privilegiado históricamente el estudio del derecho sustantivo y procesal, relegando la teoría de la prueba a un conjunto de reglas técnicas sobre admisibilidad y valoración. Esta aproximación formalista ha impedido reconocer que el razonamiento probatorio implica problemas epistemológicos complejos: ¿qué hace que una creencia sobre los hechos esté justificada?, ¿cómo se relacionan las distintas pruebas entre sí para generar conocimiento judicial?, ¿qué estándares de prueba son apropiados para distintos tipos de controversias? La ausencia de una reflexión profunda sobre estas cuestiones ha generado una práctica judicial que frecuentemente confunde la enumeración de pruebas con su genuina valoración epistémica.
El sistema de libre valoración de la prueba adoptado en la mayoría de los códigos procesales mexicanos, lejos de resolver el problema, lo ha agudizado. Al abandonar el sistema de prueba tasada sin ofrecer criterios epistémicos claros para la valoración racional, se ha generado un vacío metodológico que los jueces llenan con intuiciones, máximas de experiencia vagas o, en el peor de los casos, con simple arbitrariedad disfrazada de discrecionalidad. La invocación ritual de “la sana crítica” o “las reglas de la lógica y la experiencia” funciona más como fórmula legitimadora que como guía genuina del razonamiento. Se requiere, entonces, recuperar y desarrollar teorías epistemológicas que puedan estructurar de manera rigurosa cómo debe construirse el conocimiento judicial sobre los hechos.
Un desafío particular en el contexto mexicano es la incorporación de evidencia científica y pericial en el proceso judicial. La creciente complejidad técnica de muchas controversias —desde casos de responsabilidad médica hasta delitos financieros— exige que los juzgadores desarrollen competencias para evaluar la calidad epistemológica de los métodos científicos que sustentan las opiniones periciales. Sin embargo, la mayoría de los operadores jurídicos carecen de herramientas conceptuales para distinguir entre ciencia robusta y “junk science”, para identificar falacias estadísticas como la del fiscal, o para comprender las diferencias entre proposiciones de nivel fuente, actividad y delito en ciencias forenses. Esta deficiencia no solo compromete la justicia del caso individual, sino que genera precedentes problemáticos que perpetúan errores metodológicos.
La reforma constitucional en materia de juicios orales y el sistema penal acusatorio han visibilizado parcialmente estos problemas al exigir que el razonamiento probatorio se articule de manera más transparente en audiencias públicas. No obstante, el cambio procedimental por sí solo resulta insuficiente si no va acompañado de una transformación en la cultura epistémica de los operadores jurídicos. Se necesita formación sistemática en epistemología aplicada, en métodos de ciencias forenses, en estadística básica y en teoría de la inferencia probatoria. La litigación adversarial puede mejorar la calidad del debate probatorio, pero solo si las partes y el juzgador comparten un lenguaje común y estándares epistémicos explícitos para evaluar la fuerza justificatoria de las pruebas.
El desarrollo del razonamiento probatorio en México requiere, finalmente, un esfuerzo interdisciplinario que vincule la teoría del derecho con la epistemología, la filosofía de la ciencia, la estadística y las ciencias forenses. Es necesario construir una comunidad académica y profesional que examine críticamente las prácticas judiciales, que sistematice criterios para la evaluación de evidencia compleja, y que genere recursos pedagógicos para la formación de jueces y litigantes. Solo mediante este trabajo sostenido podremos aspirar a un sistema judicial donde las decisiones sobre los hechos no sean producto de la intuición o el ritual formal, sino de un genuino ejercicio de racionalidad epistémica al servicio de la justicia.

